El funcionario explicó que dentro de las normas de la campaña electoral no se regularon las cadenas presidenciales ni la utilización de Venezolana de Televisión (canal 8) como medio propagandístico por parte del presidente Chávez..
ALEJANDRA M. HERNÁNDEZ F. | EL UNIVERSAL
jueves 7 de junio de 2012 08:50 PM
Caracas.- Con cuatro votos a favor y uno en contra, el Directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó este jueves el reglamento que regulará los comicios presidenciales del próximo 7 de octubre.
La información fue suministrada por el rector Vicente Díaz, quien explicó que votó en contra porque dentro de las normas de la campaña electoral, no se regularon las cadenas presidenciales ni la utilización de Venezolana de Televisión (canal 8) como medio propagandístico por parte del presidente Chávez.
Según Díaz, el reglamento tampoco toca el punto de los observadores internacionales.
Este reglamento, que será publicado la semana que viene en gaceta oficial, incorpora el Sistema de Autenticación Integral (SAI) al proceso electoral y garantiza las condiciones de voto para las personas con discapacidad.
FUENTE: EL UNIVERSAL
NOTA: El presente articulo se reproduce sin perjuicio de los Derechos de autor, quien por cortesía permite su reproducción en este site.
————————————————————————————————————————————————————————————————–
NOTA DEL POSTEADOR
Hacer las elecciones el 7 de Octubre, con las nuevas máquinas CUYO GASTO NO ESTA JUSTIFICADO. Implicaría, conculcar incluso el REGLAMENTO NO. 4 de la LOPRE (LEY ORGANICA DE PROCESOS ELECTORALES) en su ARTÍCULO 39 que indica: que “En la IMPLEMENTACIÓN DEL CUADERNO ELECTRÓNICO se garantizará el derecho al secreto del voto. EN “NINGÚN CASO” (léase que dice EN NINGUN CASO) el Cuaderno de Votación Electrónico, podrá estar DE ALGUNA MANERA CONECTADO CON LA MÁQUINA DE VOTACIÓN o con cualquier otro COMPONENTE QUE PUEDA AFECTAR EL SECRETO DEL VOTO”. (Lo Subrayado es Nuestro).
Mi pregunta es “COMO CIUDADANO”, ¿Por qué EL CNE y LOS ACTORES POLITICOS DE LA CONTIENDA ELECTORAL aceptan implícitamente tal condición, si estamos en el conocimiento legal que el reglamento expresamente lo prohíbe? ¿ESO NO ES ILEGAL, ESO NO ES CONTRARIO A LA LEY? ¿Por qué no se denuncia tal situación?. A caso, existió algún hecho que de la noche a la mañana. Hizo ver, a la “COMISION DE LA MUD” QUE LO QUE EXPONÍAN Y DEFENDÍAN HACE CASI UN AÑO ATRÁS, YA NO TIENE VALOR. Y lo que propone el CNE, ahora. Es lo más, ajustado en cuanto a Derecho.
Por otra parte, el CNE, viola la CONSTITUCION NACIONAL al ANUNCIAR PÚBLICAMENTE la modificación del reglamento electoral. Por cuanto, el artículo 298 de la Carta Magna señala: que “La ley que regule los procesos electorales NO PODRÁ MODIFICARSE EN FORMA ALGUNA EN EL LAPSO COMPRENDIDO ENTRE EL DÍA DE LA ELECCIÓN Y LOS SEIS MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA MISMA”. Y entiendo, dándole una interpretación (latum semsun), es decir, una interpretación de sentido amplio a la norma. Que esa, prohibición incluiría, EL REGLAMENTO DE LA LEY. Siendo por ello, ILEGAL E INCONSTITUCIONAL SU MODIFICACIÓN. Porque, cualquier alteración al reglamento tendría sin duda. Alto impacto, en los resultados finales de las elecciones. ¿Reacomodo? DURANTE EL LAPSO EXPRESAMENTE PROHIBIDO. A menos de seis (6) meses antes de la elección ES UNA EVIDENTE VIOLACION A LA CONSTITUCION y A LA LEY DE PROCESOS ELECTORALES. ¿Que puede pensar, el más incauto de los ciudadanos?.
De tal forma, que en conclusión hago todas estas series de observaciones, no para atacar, golpear u ofenderá nadie. Esa no es el objetivo del presente artículo. Lo que busco, como ciudadano. Es llamar al CNE y a TODOS LOS ACTORES DE LA CONTIENDA ELECTORAL con la mayor de la buena fe, a botón. NO JUGUEMOS CON FUEGO y evitemos, que nos salga después el tiro por la culata. La situación, que estamos viviendo es jurídicamente delicada.
Particular esfuerzo, y atención deben tenerlas ONG dedicas a la observación electoral, con EL VOTO VENEZOLANO EN EL EXTRANJERO. EN ESPECIAL, la de nuestros conciudadanos en los Estados Unidos de Norteamérica. A quienes, pretenden según “rumores” aplicar el cierre de los consulados, para evitar el ejercicio del voto. En base, al principio de Extraterritorialidad. Como también, es el caso de Panamá donde la ONG VOTO JOVEN, ha hecho una serie de señalamientos. Que nos obligan, a estar atentos.
Por eso debo hacer un gran esfuerzo para señalar de forma personal, y hacer mías las palabras que expreso el Dr. Ezequiel Zamora en el foro: “… QUE NO ACEPTO ni aceptare, la afirmación temeraria de que estos señalamientos y observaciones, que hago hoy de forma responsable y con la mayor conciencia ciudadana SEAN CALIFICADAS DE ABSTENCIONISTAS Y GENEREN APATÍA EN LOS ELECTORES. Esto es una gran mentira, además razonar con el absurdo. DENUNCIAR LAS IRREGULARIDADES, Y LOS SESGO DE UN PROCESO ELECTORAL NO CONSTITUYEN UNA INVITACIÓN EN NO PARTICIPAR EN ÉL. Constituye por el contrario, el deber CIVICO de hacerlo A SABIENDAS QUE SE TRATA DE UNA PRUEBA QUE EXIGE MAYORES ESFUERZOS. OCULTAR LA VERDAD AL ELECTOR, NO SOLO ES UN ENGAÑO. SI NO, QUE TAMBIÉN ES UN IRRESPETO A LA CONCIENCIA DE LOS CIUDADANOS y no estamos dispuestos a hacerlo “.
Por eso, con el mayor respeto y tino honorable rector. Le solicito, no juguemos a las posiciones adelantadas. Ni banalicemos ni estigmaticemos a nadie. Si no, por el contrario se trata de lograr una elección presidencial que cumpla con todos los requerimientos de fondo y de forma, establecidos en el ordenamiento jurídico venezolano. Que nos garantice, no solo un resultado confiable, sino también LA GOBERNABILIDAD DE UNA NACION. Que Dios los recompense ó os lo demande!!!.
Abg. José A. Martin E.
Twitter: @lamzelok
Correo electrónico: zonatwive@gmail.com



